Trámite para la Obtención de la Guía de Posesión de Arma
La Guía de Posesión de Armas es el trámite que se realiza para obtener la guía que certifica la posesión legal de
un arma a nombre de su titular. Esta guía es un documento oficial que vincula al propietario con el arma,
garantizando que la tenencia cumple con las normativas legales.
Requisitos para la solicitud de la Guía de Posesión de Armas:
Ser mayor de 18 años:El solicitante debe ser mayor de edad.
Cédula de Identidad vigente y fotocopia:El solicitante debe presentar su cédula de identidad en
buen estado y una fotocopia de la misma.
Constancia de domicilio:El solicitante debe presentar una constancia de domicilio a su nombre,
con fecha de expedición no mayor a 60 días. Aceptados son documentos como fotocopia de un recibo de UTE, OSE,
ANTEL, etc., o un Certificado de la Seccional Policial correspondiente.
Original y fotocopia del Título de Habilitación para Adquisición y Tenencia de Armas (THATA):El
solicitante debe presentar el THATA vigente, expedido por el Ministerio del Interior.
Formulario GA01: El solicitante debe completar y presentar el formulario GA01, que se encuentra
disponible como archivo adjunto al proceso de solicitud.
Para Oficiales de las Fuerzas Armadas o del Ministerio del Interior:Si el solicitante es un
oficial en actividad o en retiro, deberá presentar una fotocopia del carné militar o el comprobante de grado
actualizado.
Registro de armas nuevas:Las armas nuevas deben ser registradas a través de los locales
comerciales (armerías), presentando la factura y/o remito de compra.
Para armas usadas:El solicitante debe presentar una Declaración Jurada que justifique la
procedencia del arma, detallando el nombre, Cédula de Identidad y vínculo entre las personas involucradas. Si el
arma proviene de un propietario fallecido, se deberá presentar la partida de defunción correspondiente.
Armas sin guía o de origen desconocido:Si el arma no cuenta con guía y se desconoce su origen,
se deberá presentar para su inspección ante la División correspondiente.
Registro como Coleccionista de Armas:Si el solicitante tiene más de 8 armas a su nombre, deberá
registrarse como Coleccionista de Armas, de acuerdo con el Decreto 345/020 del 18 de diciembre de 2020.
Otros datos de interés:
Vigencia de la Guía:La Guía de Posesión de Armas tiene una vigencia de 10 años a partir de su
fecha de expedición.
Agendar cita:El solicitante puede agendar un día y hora para realizar el trámite ingresando en
el botón «Iniciar trámite en línea» o a través del correo electrónico: tramitesrna@ejercito.mil.uy.